Constituye un modelo de sociedad de responsabilidad limitada en la cual la mayoría del capital social proviene de los trabajadores que prestan servicios, por lo que son retribuidos de forma personal y directa donde la relación laboral es por tiempo indefinido.
Los socios de una SLL son siempre trabajadores, y el régimen de la seguridad social es diferente de las sociedades limitadas. Un socio solo puede ser autónomo, si entre varios con parentesco alcanzan la mitad del capital social. No rigen aquí las normas de encuadramiento de las sociedades limitadas normales. Así que los socios estarán encuadrados en el régimen general, salvo que entre varios con parentesco alcancen el límite de más de la mitad, entonces esos estarán en autónomos. El órgano de administración es igual que en las sociedades limitadas.
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